Importaciones. Declaración Jurada Anticipada de Importación. Nuevo régimen de información anticipada aplicable a todas las destinaciones definitivas de importación para consumo.
Importaciones. Declaración Jurada Anticipada de Importación - R.G. (AFIP)l Nº 3252. Pautas de gestión y particularidades de detalle para la tramitación de la “Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI)” , así como su actualización, a través de la "Ventanilla Única Electrónica".
Los Dres.Gastón Vidal Quera y Emilio Cornejo Costas (h) desarrollan sintéticamente las importantes modificaciones sufridas por la Ley Penal Tributaria aprobadas recientemente por el Congreso Nacional que deben considerarse para la comprensión del sistema.
Los Dres. César R. Litvin y Emilio Cornejo Costas (h) analizan en el presente artículo cómo repercute el incremento de los montos de la Ley Penal Tributaria en los hechos ocurridos con anterioridad a la publicación de la Ley Nº 26.735 el pasado 28/12/2011.
Los Dres. Darío Moreira y Franco Rossi exponen en esta presentación las nuevas pautas que regulan el nuevo Régimen de Operaciones Bancarias que deben seguir las entidades autorizadas a operar en cambios para llevar a cabo operaciones de venta de moneda extranjera -divisas o billetes- en todas sus modalidades, cualquiera sea su finalidad o destino, en el momento en que la misma se efectúe, como: registrar las operaciones cambiarias utilizando el sistema “web” de AFIP con clave fiscal e informar: CUIT, moneda, importe de la operación y destino.
Regímenes de información. Creación del Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias para la evaluación —en tiempo real— de la situación fiscal y económico-financiera del sujeto que la pretende realizar, a fin de adoptar las acciones de control y fiscalización que correspondan. Vigencia: 31/10/2011.
Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias. Norma complementaria de la R.G. (AFIP) Nº 3210/2011 que estableció un régimen informativo, consistente en la consulta y registro de las operaciones cambiarias que realicen las entidades autorizadas a operar en cambios por el BCRA. Procedimiento a seguir por los sujetos que pretendan adquirir moneda extranjera, en los casos que el resultado de la consulta fuere “Con inconsistencias”.
Ponemos a disposición el material proyectado por el Dr. César Litvin en su exposición del 5 de agosto de 2011 en la Mesa Redonda "Lo que hay que saber profesionalmente sobre el Delito de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo" del 13º Simposio Tributario 2011, llevado a cabo en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Centro de Economía y Delito de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires se ha pronunciado respecto de la sanción de la Ley Nº 26683 (modificatoria de la Ley Nº 25246), y sin perjuicio de su validez, considera que:
1- En el marco de la ley de lavado de activos, los ilícitos tributarios sólo pueden ser considerados bienes procedentes de un ilícito penal cuando los mismos importaron un incremento patrimonial originados en una actividad ilícita como resulta ser la obtención de subsidios impositivos ardidosos ( Art. 4º, ley 24769)
2- Si el hecho imponible tuvo su origen en una actividad lícita, la evasión tributaria no puede constituir por sí lavado de activos de origen delictivo alguno.
El Dr. Pablo Paladini (*) explica y aclara cuáles son las consecuencias derivadas de la publicación de la Resolución Nro. 98/2011, emitida por la Unidad de Información Financiera, que derogara las obligaciones a cumplimentar por parte de los importadores y exportadores.
A continuación encontrará el artículo completo publicado por el Diario Ámbito Financiero en su edición impresa del jueves 11 de agosto 2011.
El Dr. Martín Ghirardotti, socio del Estudio Lisicki, Litvin y Asociados y miembro de la Comisión Directiva del Instituto de Auditores Internos de la Argentina, expresó en el Diario El Cronista del 3 de junio de 2011, su opinión respecto de la reciente modificación del Código Penal aprobada por el Senado de la Nación.
Los Dres. Emilio Cornejo Costas y Pablo Paladini[1] introducen, analizan y comentan la Resolución (UIF) Nº 25/11 que afecta a los Profesionales en Ciencias Económicas mediante la cual, en línea con una política preventiva impuesta por los países centrales, se delega parte del compromiso de control del lavado de dinero, obligándolos a informar, no sólo las operaciones denominadas comúnmente como “sospechosas”, sino también a implementar una serie de medidas o procedimientos tendientes a prevenir y detectar supuestas operaciones que pueden estar vinculadas al lavado de dinero.
El Dr. Martín Ghirardotti explica en esta nota, publicada por el diario El Cronista Comercial - edición impresa, lo riesgos, contingencias y posibles escenarios futuros que se deben considerar ante la adquisición de empresas Pymes en la Argentina.
La Dra. Gabriela Rigoni expone esquemáticamente las etapas y la importancia impositiva de definir correctamente entre las diferentes posibilidades de encuadre que deben considerarse al llevar a cabo una reorganización societaria, tales como: la escisión, la transferencia de fondo de comercio o simplemente la venta de los activos de una empresa.
La implementación del VLR tiene como antecedente cercano la puesta en marcha durante este año 2011 del Valor Inmobiliario de Referencia (VIR). Establece, con vigencia a partir del 17/10/2011, que para la liquidación del impuesto de sellos en los contratos de locación, se deberá considerar un valor de renta locativa mínima potencial para los inmuebles, según el destino comercial de cada inmueble objeto de la operación.
Los Dres. Daniel Lejtman y Juan Manuel Affatati destacan en una presentación clara y esquemática los aspectos salientes del procedimiento para la liquidación del gravamen.
Los Dres. Daniel Lejtman y Juan Manuel Affatati explican en esta presentación las últimas pautas establecidas por la Comisión Arbitral mediante la Resolución General Nº 4/ 2011,que deben cumplimentar las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral al establecer sus regímenes de recaudación (retención, percepción y/o recaudación bancaria) del impuesto sobre los ingresos brutos.
El Dr. Marcos R. Torassa, expositor en la jornada sobre “Presunciones en materia previsional: nuevas prerrogativas a favor de la AFIP”, organizada por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa -CAME- el pasado 27 de abril, en el Hotel Savoy, facilita el material con el que apoyó su interesante exposición.
Al evento asistieron importantes autoridades de la Administración Federal de Ingresos Públicos, el Dr. Carlos Sanchez, el Lic. Gustavo Partulane y la Dra. Silvana Quinteros que explicaron y detallaron los objetivos, procedimientos y operaciones en los que actualmente se encuentra trabajando el Organismo con el claro objetivo, para el año 2011, de erradicar el trabajo ilegal.
Empresas: Los riesgos de sufrir fraudes durante los periodos de vacaciones aumentan considerablemente
"Inversiones en Argentina"
"NORMAS ISO” – LA IMPORTANCIA DE ESTAS CERTIFICACIONES en un mercado competitivo -
Hoy en día las empresas redefinen sus estrategias y sus procesos con la finalidad de lograr un uso eficiente de sus recursos y el aumento de su productividad.
Lisicki, Litvin & Asociados presenta a SN, una empresa que ofrece gestionar de una manera sencilla y ágil estas herramientas que lo ayudarán a conseguir una serie de ventajas competitivas y una importante herramienta de marketing, generando en las normas ISO una solución integral para su empresa.
Si desea más información puede solicitarla enviando un mail a Rubén Pappa rpappa@llyasoc.com.ar o al Dr. Maximiliano Navasal mnavasal@llyasoc.com.ar.